¿Cómo obtener la nacionalidad española? | Morales Asencio
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¿Cómo obtener la nacionalidad española?

    La nacionalidad española

    La nacionalidad española es un acto jurídico que le atribuye a una persona física el estado de ciudadano español. Se trata, por tanto, de un derecho fundamental que puede disfrutar esta persona, pero que también le impone el cumplimiento de una serie de deberes y obligaciones.

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    ¿Quién puede solicitarla?

    Hay diversas maneras para poder solicitar la nacionalidad española dependiendo de la situación de cada persona. Vamos a explicártelas:

    Residentes en España

    Para conseguir la nacionalidad española por residencia la persona extranjera puede solicitarla después de haber residido, de forma continuada y legal, diez años en España.

    Este periodo de tiempo se reduce a cinco años para aquellas personas que tienen condición de refugiados.

    También se le puede reducir a dos años para los ciudadanos de países iberoamericanos: Portugal, Andorra, Guinea Ecuatorial, Filipinas o gente de origen sefardí. Te ofrecemos asesoría, contacta AQUÍ con un especialista.

    La nacionalidad española por residencia es la forma más común de obtener la nacionalidad.

    Requisitos:

    • Tener una estancia continua en España inmediatamente antes de presentar la solicitud.
    • Tener buena conducta cívica.
    • Tener integración.
    • No poseer antecedentes penales ni en España, ni en el país de origen.
    • Tener documentación en vigor.

    Además, las personas que pueden presentarlo son:

    • Mayor de edad o emancipado.
    • Mayor de catorce años con asistencia de un representante legal.
    • Menor de catorce años con representante legal.
    • Una persona con discapacidad con representante legal.

    La solicitud puede presentarse por un abogado como representante voluntario. Te asesoramos y gestionamos todo los trámites. Contacta AQUÍ con un especialista.

    Procedimiento para presentar la solicitud de nacionalidad

    Exámenes CCSE y/o DELE

    Todo el mundo que quiera solicitar la nacionalidad española, debe empezar por realizar dos exámenes presenciales: CCSE y DELE. Estos consisten en una prueba de nivel de idioma español, que se exige como mínimo el nivel A2, y de conocimiento sociocultural y constitucional sobre España.

    Documentos y tasas

    A continuación te damos un listado con la documentación general que necesitan aquellas personas mayores de dieciocho años o emancipadas para presentar la solicitud para la nacionalidad española:

    • Modelo normalizado de solicitud.
    • Certificado de nacimiento del país de origen, legalizado y traducido.
    • Copia del pasaporte en vigor.
    • Certificado legalizado y traducido de los antecedentes penales.
    • Certificado actualizado de empadronamiento.
    • Copia de la tarjeta de residencia en vigor o copia del Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea (si eres ciudadano comunitario).
    • Documentación adicional, como por ejemplo copia del contrato de trabajo, tarjeta sanitaria, etc.
    • Certificado que te denomine como apto del CCSE y/o DELE.
    • Tasa 790 de un importe de 103,02 euros abonada.

    Te brindamos asesoría y realizamos toda la gestión para solicitar la nacionalidad española. Contacta AQUÍ con un especialista.

    Documentación Específica para la solicitud de la Nacionalidad Española por residencia

    A pesar de lo comentado anteriormente, la solicitud de nacionalidad española tiene varios procedimientos según sea la situación de la persona que la pide. Ahora vamos a explicarte la documentación detallada para cada situación.

    Nacidos en España

    Para este caso el periodo de residencia continuada y legal que tiene que tener previo a la solicitud es de solo un año. La documentación que deberás presentar será:

    • Certificado de nacimiento emitido en el Registro Civil español.

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    Quienes no han podido optar a la nacionalidad en el momento oportuno

    Para esta circunstancia tiene gran importancia el artículo 20.1 del Código Civil, donde la persona interesada tiene que demostrar estar incluido en los supuestos que presenta este artículo y que, para ello, deberá presentar la siguiente documentación:

    • Certificado de nacimiento del padre o madre español.
    • Resolución judicial que demuestre la adopción realizada por un español o el reconocimiento de la filiación o el certificado de nacimiento del interesado inscrito en el Registro Civil español.

    Personas en un programa de guarda, tutela o acogimiento no provisional por persona física

    En estos casos se presentará:

    • El auto del Tribunal competente por el que se nombre al sujeto que va a desempeñar la tutela, guarda o acogimiento.

    Personas en un programa de guarda, tutela o acogimiento no provisional por institución española

    Deberás aportar:

    • Resolución de la misma institución por la que se ejerce la tutela, guarda o acogimiento.

    Casado/a con español/a

    Para este supuesto debes presentar los papeles genéricos descritos arriba junto con la siguiente documentación:

    • Certificado de nacimiento del cónyuge español, expedido por el Registro Civil español.
    • Certificado de matrimonio otorgado por Registro Civil español.
    • Certificado de empadronamiento o convivencia con el cónyuge.

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    Viuda/o de un ciudadano español

    Si eres viudo o viuda de una persona con nacionalidad española, puedes presentar los siguientes papeles:

    • Certificado de nacimiento del cónyuge otorgado por el Registro Civil.
    • Certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil español otorgado en fechas cercanas a las de la solicitud de nacionalidad.
    • Certificado de defunción del cónyuge.
    • Certificado de empadronamiento o convivencia con el cónyuge a la fecha de fallecimiento de este.

    Descendiente de español

    Cuenta tanto para hijos o nietos de españoles:

    • Certificado de nacimiento del padre o madre español o, en su caso, el certificado de nacimiento del abuelo o abuela  español. En la última circunstancia también hay que entregar la certificación de nacimiento de la padre o madre que sea su descendiente, aunque este no sea español.

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    Refugiados y apátridas

    Este estado te lo da el Ministerio del Interior, que otorga unos papeles que pueden sustituir la partida de nacimiento, el certificado de antecedentes penales. La documentación que se debe presentar en este caso es:

    • Modelo de solicitud.
    • Justificante del pago de la tasa obligatoria.
    • Pasaporte Azul de la Convención de Ginebra de 1951.
    • Certificado donde debe poner que mantiene la condición de refugiado o apátrida, el nombre y los apellidos, lugar y fecha de nacimiento y el nombre de los progenitores. Este certificado es dado por la oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior.

    A lo largo de toda la explicación hemos dicho que los documentos tienen que estar en vigor, pero ¿esto qué significa? Pues que el documento tiene validez. Para ello tiene un plazo de tiempo que una vez finalizado, el documento pierde esta validez, “caduca” y, por tanto, deja de estar en vigor. Este periodo de tiempo se conoce como plazo de vigencia y en cada documento consta el suyo.

    Una vez explicado todo esto, el siguiente paso es asesorarte y recaudar la documentación necesaria. Da igual tu situación, gestionamos todos estos trámites. Si tienes alguna duda no te lo pienses y contacta con nosotros.

    Contamos con un grupo de abogados especializados en procesos migratorios que podrán ayudarte y asesorarte en todo lo que necesites durante tu proceso para conseguir la nacionalidad española.