La inscripción de matrimonios extranjeros no es automática, al menos uno de los contrayentes debe tener la nacionalidad española o adquirirla con posterioridad a la celebración del matrimonio.

Cómo y dónde presentar la documentación

Se deberá realizar la inscripción en el registro civil del domicilio del solicitante o bien en el país extranjero vía el registro civil consular (consulado de España). Normalmente, y una vez aportada la documentación puede existir un trámite de “audiencia” o “entrevista” reservada a los contrayentes para determinar que el matrimonio no es de conveniencia.

En caso de que el examinador considere que todo va bien, se procederá a la inscripción del matrimonio, procediéndose a la expedición del libro de familia y el correspondiente certificado de matrimonio español.

Normalmente, existen dudas sobre dónde es más rápido hacer la inscripción de matrimonio si en el consulado de España o en el registro civil de Madrid. Esto dependerá mucho de la carga de trabajo del consulado, hay algunos consulados que pueden tardar hasta 3 meses. En el Registro Civil Central de Madrid puede tardar hasta 8 meses la inscripción de matrimonio en el extranjero.

Documentos necesarios:

Puede consultar los documentos necesarios en la página oficial del Ministerio de Justicia. A continuación, desglosamos la documentación necesaria, según sea matrimonio canónico (por la iglesia) o matrimonio civil (registro civil):

Inscripción de matrimonios canónicos

  • Presentación de la certificación eclesiástica que expresará las circunstancias exigidas por la legislación.
  • Certificado literal de nacimiento del cónyuge español o del que se hubiera naturalizado, expedido por el Registro Civil español.
  • Certificado de nacimiento del cónyuge extranjero.
  • Documento Nacional de Identidad del nacionalizado español.
  • Acreditación del domicilio del promotor en España.
  • Hoja declaratoria de datos.

Inscripción de matrimonios civiles

  • Certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil local extranjero.
  • Certificado literal de nacimiento del cónyuge español o del que se hubiera naturalizado, expedido por el Registro Civil español.
  • Certificado de nacimiento del cónyuge extranjero.
  • Documento Nacional de Identidad del nacionalizado español.
  • Acreditación del domicilio del promotor en España.
  • Hoja declaratoria de datos.

Esperamos que esta información les haya sido de utilidad, si tienen alguna duda o necesitan ayuda con la Inscripción de matrimonios extranjeros, no duden en ponerse en contacto con nosotros.

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