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Se han publicado diversos cambios normativos que regulan el régimen fiscal de los trabajadores desplazados a España o impatriados, estas modificaciones afectarán directamente en tu declaración de impuestos como veremos a continuación independiente de tu nacionalidad o país de origen.
Se trata de un régimen fiscal especial dirigido a los trabajadores que se desplacen a territorio español y que adquieran la residencia fiscal en España como consecuencia de su desplazamiento. Dichos trabajadores podrán optar por presentar su declaración de impuestos vía el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR), manteniendo su condición de contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
¿Cuáles son las principales novedades en la declaración de impuestos?
Los trabajadores desplazados en España podrán presentar su declaración de impuestos por el IRNR durante el período impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y durante los cinco períodos impositivos siguientes. A continuación, algunos de los requisitos aplicables para poder optar a este régimen fiscal:
1) No haber sido residente en España durante los 10 ejercicios impositivos anteriores al desplazamiento a territorio español.
2) Que los trabajos se realicen efectivamente en España. Se entiende cumplida esta condición aunque parte de los trabajos se presten en el extranjero, previo cumplimiento de los máximos legales establecidos.
3) Que el desplazamiento a territorio español se produzca como consecuencia de:
- Un contrato de trabajo (con excepción de la relación laboral especial de los deportistas profesionales que están excluidos).
- La adquisición de la condición de administrador de una entidad en cuyo capital no participe, o en caso contrario, cuando la participación en la misma no determine la consideración de entidad vinculada.
¿En qué consiste la declaración de impuestos por el IRNR?
Declaración de impuestos por el IRNR durante el ejercicio de cambio de residencia y los 5 siguientes:
- 24% para rendimientos de ≤ 600.000 euros
- 45% para > 600.000 euros
¿Cuáles son los modelos principales en la gestión del régimen de impatriados?
El modelo 149 de régimen especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español. Comunicación de opción, renuncia o exclusión. Como en un plazo de
Y el modelo 150 de régimen especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español.
Referencias normativas:
Ley 26/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifican la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, y otras normas tributarias. Ver más.
Real Decreto 1003/2014, de 5 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, en materia de pagos a cuenta y deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo. Ver más.